
El Servicio Publico de Empleo Estatal (SEPE) ofrece un subsidio por insuficiencia de cotización para quienes no alcanzan los 360 días necesarios para el paro, pero sí han cotizado al menos 90. Con 150 días, se pueden percibir 2.850 euros en cinco meses. Además, las reformas recientes permiten compatibilizar con trabajos parciales y unifican ayudas.
Quiénes pueden solicitar el subsidio por insuficiencia de cotización sin cargas
Esta ayuda se dirige a personas trabajadoras en desempleo que no alcanzan 360 días cotizados. Para la modalidad sin cargas familiares, se exige un mínimo de 90 días. De ahí que resulte útil para trayectorias laborales cortas o discontinuas.
Estar en situación legal de desempleo por cese no voluntario.
Inscribirse como demandante de empleo y mantener la inscripción durante el subsidio (salvo empleo a jornada completa).
Acreditar ingresos mensuales inferiores al 75 % del SMI.
Suscribir el compromiso de actividad con el SEPE (búsqueda activa, formación e inserción).
Haber cotizado al menos 90 días.
En esta modalidad, no tener cargas familiares.
Duración, importes mensuales.
La cuantía mensual es de 570 euros los seis primeros meses; 540 del mes 7 al 12; y 480 a partir del mes 13. La duración depende de los días cotizados.
Cómo y cuándo solicitar la ayuda del SEPE
El plazo es de 15 días hábiles desde la finalización del contrato. Ojo con los plazos: fuera de término, te arriesgas a perder el derecho desde el inicio.
Se puede solicitar por correo administrativo, en la sede electrónica del SEPE o de forma presencial en sus oficinas. Si lo haces online, identifica tu solicitud con certificado digital, clave PIN o DNI electrónico. Ten a mano la documentación: DNI o NIE, certificado de empresa y cualquier otro justificante que acredite el cumplimiento de requisitos.
Compatibilidad con trabajos parciales tras la reforma del SEPE de 2024
Tras la reforma de noviembre de 2024, el subsidio es compatible con cualquier empleo a tiempo parcial, siempre que no se alcance la jornada completa ni se superen ingresos del 75 % del SMI. Incluso puede cobrarse con dos o más pagadores; conviene considerarlo de cara a la declaración de la renta. Si el trabajo es a jornada completa y, además, se exceden los ingresos permitidos, se interrumpe la ayuda para iniciar la nueva relación laboral y seguir acumulando días cotizados. Estas reformas también unifican ayudas para simplificar el sistema.
Fuente: https://infoemplea2.com/el-sepe-ha-sacado-una-ayuda-de-570-euros-durante-cinco-meses-para-personas-con-contratos-temporales-que-es-compatible-con-cualquier-trabajo-a-tiempo-parcial/